Plazo a los comercios para regularizar situación

La Secretaría de Salud del Municipio de Rojas informa a los propietarios de comercios del rubro alimenticio que se otorgarán 30 días, a partir del 1o de febrero, para regularizar el estado de los negocios, y de los alimentos que en ellos se expendan en estos, de acuerdo a los items que a continuación se detallan:

1- Habilitación del Comercio o Rubro.

2- Libreta Sanitaria de todo el personal y propietario.

3- Curso Manipulación de Alimentos.

4- Estado higiénico-sanitario del comercio o Rubro.

5- Comercio o Rubro libre de plagas( cucarachas, roedores, moscas, animales).

6.- Mantenimiento de las instalaciones:( baños, rejillas, frisos, desagües, puertas mosquiteras, etc) en condiciones.

7- Mantenimiento de cocinas y utensilios en perfectas condiciones de Higiene.

8- Mantenimiento de heladeras, freezers, que garanticen el estado de conservación de alimentos.

9- Remitos y facturas selladas por Bromatología.

10- Obligatoriedad de preservar la cadena de frío de los alimentos.

11- Rotulado correspondiente a cada producto para la venta.

12- Ausencia de mercadería o productos vencidos.

IMGLuego del tiempo otorgado, se procederá al control de los comercios alimenticios, y aquellos que no cumplan con las disposiciones señaladas por el Código Alimentario Argentino, Ley Nº18284, y Ordenanzas Municipales Nº 816/92 y 820/92, serán pasibles de las sanciones que correspondieren: multa y clausura del local.

Comercios del rubro alimenticio a los abarca la medida:

-Panaderías.

-Carnicerías.

-Chacinerías.

-Pollerías.

-Fábricas de pastas.

-Verdulerías.

-Pescaderías.

-Kioscos.

-Kioscos polirrubros.

-Estaciones de servicio y sus anexos.

-Maxiquioscos.

-Casas de comidas.

-Rotiserías.

-Confiterías.

-Pizzerías.

-Restaurantes.

-Heladerías.

-Supermercados.

-Minimercados.

– Fábricas de agua.

-Viandas a domicilio.

-Almacenes, Despensas.

-Productores de Alimentos Artesanales.

-Carros de Comida.