Prorrógase la vigencia de los Decretos N° 248/20, en su parte pertinente (arts. 4 y 8); Decretos 256/2020, 260/2020, 268/2020, 270/2020, 305/2020 y 339/2020 con las modificaciones previstas en el presente, hasta el día 7 de junio de 2020 inclusive. Asimismo, prorrógase, por el mismo plazo, la vigencia de toda la normativa complementaria dictada en el marco de la Emergencia Sanitaria.