PROTOCOLOS DE TRABAJO COVID-19
Notificamos que está activo el decreto 300/2020 que aprueba los protocolos locales para el funcionamiento de las 11 actividades exceptuadas por la decisión administrativa 524 del Gobierno Nacional. El decreto propicia la excepción de nuevas actividades, cuya aprobación queda sujeta a la decisión del Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación.
PROTOCOLOS DESCARGABLES
1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos. |
2. Oficinas de rentas de las PROVINCIAS, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas. |
3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. SIN PROTOCOLOS |
4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. |
5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. |
6. Laboratorios de Análisis Clínicos y Centros de Diagnóstico por Imagen, ambos con sistema de turno previo. |
7. Ópticas, con sistema de turno previo. |
8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes. |
9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. |
10. Producción para la exportación, con autorización previa del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO. |
11. Procesos industriales específicos, con autorización previa del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO. PROTOCOLO A DISEÑAR |